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Ya se han publicado las restricciones de tráfico en la CAV para 2021

La dirección de tráfico de la CAV acordó el 3 de febrero de 2021, las medidas especiales de regulación de tráfico durante el año 2021. 

Aquí podrás consultar todas las restricciones de la CAV para 2021 y aquí las restricciones de las carreteras españolas.

La resolución que establece las medidas especiales de regulación del tráfico recoge entre otras las restricciones para vehículos de más de 7.5 toneladas y para los que transportan mercancías peligrosas y regula la circulación en días festivos, fines de semana, fechas de inicio o fin de las vacaciones estacionales, puentes festivos u otras circunstancias que afecten a la circulación. 

1 Los vehículos que transportan mercancías peligrosas ADR así como los especiales que requieran permisos complementarios tienen prohibida la circulación en la CAV los domingos y festivos desde las 8:00 a las 24:00 horas, así como las vísperas de los días festivos (entre semana), de 16:00 a 24:00 horas. Estos vehículos tienen que utilizar determinados itinerarios, “si los puntos de origen y destino del desplazamiento se encuentran incluidos dentro de la RIMP –Red de Itinerarios de Mercancías Peligrosas–deberán utilizarlos. La medida les obliga siempre a “utilizar el itinerario más idóneo, tanto en relación con la seguridad vial como con la fluidez del tráfico, recorriendo la mínima distancia posible a lo largo de carreteras convencionales hasta el punto de entrega de la mercancía” a los consumidores. “Deberán utilizarse inexcusablemente las circunvalaciones, variantes o rondas exteriores a las poblaciones si las hubiere, y en caso de existir más de una se utilizará la más exterior a la población, pudiendo entrar en el núcleo urbano únicamente para realizar las operaciones de carga y descarga, y siempre por el acceso más próximo al punto de entrega salvo por causas justificadas de causa mayor. 

Se permitirá abandonar los itinerarios establecidos “por la salida más próxima al lugar al que se dirija” para desplazarse a la residencia habitual del transportista, acceder a la empresa de transporte, para efectuar los descansos, para reparaciones o mantenimiento del vehículo “siempre y cuando se cumplan las condiciones de seguridad y protección especificadas en el ADR 

2.  Los vehículos de transporte de mercancías de más de 7.500 kg de masa máxima autorizada tendrán prohibida la circulación desde el 5 de junio al 5 de septiembre los sábados, domingos y festivos de 11.00 a 14:00 así como los domingos y festivos de 16:00 a 21:00 en la A8 entre Bilbo y Cantabria así como en la A1 entre Treviño y el enlace con la N622. 

También se prohibirá la circulación de vehículos grandes, de 17:00 a 21:00 el 18 de marzo, 25 de junio, 29 de octubre y 3 de diciembre; de 11:00 a 14:00 el19 de marzo, 26 de junio, 30 de octubre y 4 de diciembre; de 16:00a 21:00 el 21 de marzo, 1 de noviembre, 8 y 26 de diciembre, y 2 de enero de 2022; de 17:00 a 21:00 el 31 de marzo y 8 de octubre; de 10:00 a 15:00 el 1 de abril (de 8:00 a 14:00 por la A-1) y 9 de octubre; de 17:00 a 21:00 el 30 de julio; de 10:00 a 15:00 el 31 de julio; de 16:00 a 21:00 el 5 de abril y 12 de octubre en las carreteras A8 y N634 hacia Cantabria y N240 Barazar. 

Y también se restringe el tráfico hacia la frontera de Lapurdi, en la A1, AP1, N1, N121, AP8 y A-15,  los días, 5 de abril, 8, 13 y 24 de mayo, 14 de julio y 11 de noviembre de las 22:00 de la víspera hasta las 22:00 horas.  

La lista completa de las restricciones de la CAV se puede consultar en el BOE del 12 de febrero. Las restricciones de las carreteras españolas en el BOE del 30 de enero.

Quedarán exentas de estas medidas el transporte de mercancías perecederas como frutas y verduras, animales vivos, prensa, correo y telégrafos, unidades móviles de TV, vehículos de venta ambulante, ferias, exposiciones y espectáculos, actos deportivos, culturales, educativos o políticos, así como los de emergencias, reparaciones de tendido eléctrico, gas, agua, telefonía, fibra óptica para comunicaciones, quitanieves, las grúas de auxilio en carretera.

La Red de itinerarios para mercancías peligrosas (RIMP) establece las carreteras por las que deben circular A8-AP8, A1-AP1, AP68, N1-A1 hasta Etxegarate, A15 hasta Berastegi, N622 hasta Altube, N637 de A8 Barakaldo a AP68 Erletxes.