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El Gobierno arranca el largo proceso para permitir la posible jubilación anticipada del transportista

El Gobierno aprueba un procedimiento previo del largo proceso para fijar los coeficientes reductores que permitan la jubilación anticipada de los transportistas. De momento no es más que eso, acuerda un sistema para que la Seguridad Social determine que actividades son peligrosas y tienen derecho a adelantar su jubilación.

El Consejo de Ministros del lunes 26 de mayo aprobó una norma que inicia el proceso del sistema que regulará los coeficientes reductores que permitirán jubilarse anticipadamente a trabajadores de algunas profesiones consideradas penosas, peligrosas o insalubres entre las que parece se encuentra el transporte. No es más que eso, la aprobación de una formula, abrir la posibilidad de que una actividad sea considerada peligrosa para determinar que tiene derecho a adelantar la jubilación; ahora cada sector deberá solicitar que se le considere actividad peligrosa, y por tanto, tiene derecho a jubilarse anticipadamente, luego el Gobierno, si lo reconoce, negociará y establecerá el tiempo que podrá adelantar cada ocupación. Por tanto no es más que un primer paso, un procedimiento previo, de un largo proceso que en el caso del transporte como en otros sectores de momento no tiene nada concreto establecido. 

A propuesta del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, dirigida por la navarra Elma Saiz, el Gobierno aprobó el Real Decreto por el que se “regula el procedimiento previo para determinar los supuestos que permiten anticipar la edad de jubilación en el sistema de la Seguridad Social mediante la aplicación de coeficientes reductores (…) para que las personas que desarrollen su actividad profesional en ocupaciones de naturaleza excepcionalmente penosa, peligrosa o insalubre y acusen elevados índices de morbilidad o mortalidad que no puedan beneficiarse de una mejora de sus condiciones de trabajo podrán disfrutar de un anticipo de su edad ordinaria de jubilación”.

A partir de ahora nuevos sectores, se incorporarán a esta fórmula para fijar coeficientes que permitan la jubilación anticipada, que ya se reconoce a algunas profesiones como mineros, policías o bomberos. A ellos que ya disfrutan de esta anticipación no les afectará la nueva normativa.  

La aplicación de los coeficientes reductores que se establezcan llevará ligado un incremento en la cotización a la Seguridad Social para ese colectivo que se fijará en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para cada año. Este incremento consistirá en aplicar un tipo de cotización adicional sobre la base de cotización por contingencias comunes, tanto a cargo de la empresa como de la persona trabajadora.

Largo proceso
La Dirección General de Ordenación de la Seguridad Socia será el órgano que resolverá las solicitudes del reconocimiento de actividad peligrosa o penosa y determinará si tiene derecho a coeficientes especiales. La solicitud para iniciar el proceso de reconocimiento de estos coeficientes será realizada conjuntamente por organizaciones empresariales, sindicales, de autónomos y, en algunos casos, por las propias Administraciones Públicas.

Más adelante se determinará cuanto podrá adelantar la jubilación cada actividad. Una vez resuelto dicho procedimiento previo se podrá, en su caso, iniciar los trámites, mediante la aprobación del correspondiente real decreto, para que la edad ordinaria de jubilación exigida en cada caso pueda ser rebajaba mediante la aplicación de coeficientes reductores en aquellas ocupaciones o actividades profesionales que hayan superado el procedimiento previo. 

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