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El requisito de antigüedad para obtener autorización desaparece definitivamente

El BOE del 6 de abril ha publicado el Real Decreto 243/2022 por el que se modifica el ROTT y otras cuestiones en materia del CAP (certificado profesional de transportistas) y competencia profesional. Desde el miércoles 7 de abril ha desaparecido el requisito de la antigüedad media de los vehículos en materia de autorizaciones de transporte público de mercancías. Es decir, que para aumentar flota (adscribir vehículos a una autorización existente) o sustituir vehículos no se tiene en cuenta la antigüedad de los mismos, es suficiente  disponer de un vehículo matriculado en propiedad o arrendamiento.

Los cambios en el ROTT aprobados este martes por el Gobierno y que afectan a los criterios de puntuación en los exámenes del CAP, tarjetas de transporte para furgonetas eléctricas y requisito de antigüedad de flota se publicaron en el BOE el miércoles 6 de abril y entran en vigor el jueves 7.

En concreto, por un lado, la modificación legislativa exime de la obtención de autorización para realizar transporte público de mercancías en vehículos cuya masa máxima autorizada no sea superior a dos toneladas.

Así mismo, también estarán exentos los transportes de mercancías realizados en vehículos de la categoría N1, es decir furgonetas, que utilicen como fuente de energía combustibles alternativos, cuya masa máxima autorizada no sea superior a 2,5 toneladas, siempre que su capacidad de carga útil no se incremente respecto de un vehículo equivalente cuya masa máxima autorizada no sea superior a dos toneladas.

Eliminación del requisito de antigüedad

Por otra parte, se elimina totalmente el requisito de antigüedad de flota, al establecer que en la obtención de tarjetas de transporte público de mercancías nuevas, los transportistas deberán acreditar que disponen de al menos de un vehículo matriculado en España del que se dispone en propiedad, arrendamiento financiero o arrendamiento ordinario.

De igual modo, la adscripción de nuevos vehículos a una autorización de transporte público de mercancías ya existente, así como la sustitución de alguno de los que ya se encontraban adscritos, deberá ser autorizada por el órgano competente y estará condicionado también a que esté matriculado en el Estado español, que se tenga en propiedad, arrendamiento financiero o arrendamiento ordinario y a que la capacidad financiera de la empresa sea suficiente en relación con el número de vehículos resultante de la nueva adscripción.

Con esto desaparece la necesidad de que las unidades tuvieran menos de cinco meses o de que ante cualquier renovación o ampliación de flota, la antigüedad media de la flota no pudiera superar la que dicha flota tenía antes de la nueva adscripción o sustitución

Cambios en los exámenes del CAP

Adicionalmente, la reforma legal también introduce modificaciones en los criterios de puntuación en las pruebas del CAP.

Concretamente, en la prueba de preguntas concretas, cada respuesta errónea se penalizará descontando un tercio del valor de una respuesta correcta.

Así mismo, en la prueba de supuestos prácticos, cada caso erróneo se penalizará descontando un tercio del valor de un supuesto correcto.

De esta manera se endurecen los criterios de acceso a la capacitación para el transporte.