El Gobierno ha publicado en el Boletín Oficial del 23 de julio la Orden PJC/780/2025 que permitirá la circulación de vehículos de transporte de mercancías con una masa máxima autorizada de hasta 44 toneladas en las carreteras del Estado español a partir del 23 de octubre próximo. Esta reforma del Reglamento General de Vehículos con respecto a las masas y dimensiones máximas permitidas supondrá también que desde el 24 de julio, aumenta la altura máxima permitida a 4,50 metros para el transporte de ciertos contenedores; para transporte de animales, paja y forrajes, así como para suministros industriales inferiores a 50 kilómetros.
La nueva situación seguramente transformará el sector, aunque no inmediatamente, ni significativamente. Los cambios modificarán las condiciones laborales de muchos profesionales que se verán obligados a llevar camiones de mayores dimensiones y peso. Afectará también al sector en general, en los próximos años. Las grandes empresas remodelarán y reestructurarán sus flotas a las nuevas condiciones y variarán sus inversiones, costes, tamaño de los envíos, tarifas e incluso, los precios de los seguros.
La utilización de camiones más grandes, supondrá en un plazo corto, la reducción de las plantillas de las empresas, así como del número de los servicios de transporte. Todo ello afectará a los transportistas autónomos que en general, para no perder facturación y competitividad se verán obligados a entrar en ese mercado. El pequeño tiene poco ganar y mucho que arriesgar para adaptarse a las nuevas circunstancias por el aumento de inversiones y costes, complejos para repercutir.
Caben destacar dos aspectos en este sentido. Por una parte aumentará el gasto del transportista en cuanto a desgaste del vehículo en general, neumáticos, mantenimiento,… que será difícil de reflejar a la hora de facturar. Y no se puede obviar el retroceso en cuanto a la seguridad y salud del transportista, que correrá más riesgo al circular con más peso y altura.
En los próximos años se verán los daños que la medida causará a los transportistas autónomos, cada vez con mayor edad, ya bastante castigados en cuanto a condiciones laborales. Está por ver si es una medida comprometida con un transporte más justo y sostenible ambientalmente.
Aumenta el peso
Desde el 23 de octubre se permitirán la circulación de vehículos que transporten 44 toneladas. Los nuevos límites establecidos en la citada Orden entrarán en vigor tres meses después de su publicación en el BOE, es decir, el 23 de octubre de este año, 2025, excepto en el caso de los vehículos cisterna, a los que se aplicarán las nuevas condiciones a partir del 23 de enero de 2026.
La nueva normativa permite desplazamientos específicos con un máximo de 57 toneladas, en casos muy concretos. En el caso de vehículos destinados a servicios en entornos urbanos, se permitirá la circulación con 45 toneladas, un máximo de 1 tonelada adicional, siempre que no se supere la masa máxima técnicamente admisible del vehículo y la masa por eje máximas permitidas.
Cuando transporten madera en rollo, en recorridos predeterminados entre provincias limítrofes o en distancias no superiores a 150 kilómetros entre el bosque y la industria forestal más próxima la masa máxima autorizada será de 52 toneladas para los conjuntos de vehículos con cinco ejes y 57 toneladas para los conjuntos de vehículos de 6 o más ejes.
Aumenta la altura
Aumenta, asimismo, la altura máxima permitida a 4,50 metros para algunos camiones y vehículos articulados que transportan contenedores cerrados homologados para el transporte combinado, intermodal o para el transporte aéreo del tipo ULD; también para camiones o vehículos articulados de altura variable que transporten animales vivos, pacas de paja y forrajes asi como para suministros de proveedores a industrias en recorridos predeterminados inferiores a 50 kilómetros.
Las autoridades permitirán la circulación de estos vehículos con sobrecargas significativas respecto a los actuales, desde la citada fecha del 23 de octubre, sin cambiar la ficha de la ITV hasta la primera inspección técnica periódica.
https://www.boe.es/boe/dias/2025/07/23/pdfs/BOE-A-2025-15231.pdf
La nueva masa máxima para los camiones de 44 tns ya existe en otros 13 Estados de la Unión Europea, aunque para el transporte internacional con ese tonelaje habrá que esperar a la aprobación de la Directiva europea sobre pesos y dimensiones que la Unión Europea está tramitando simultáneamente.
Entre las modificaciones introducidas cabe destacar también, además de la mencionada ampliación de la altura máxima permitida a 4,5 metros para determinados tipos de transporte, la relativa a la simplificación en el uso y autorización de los conjuntos Euro modulares, incluyendo los Eco Combi o Duo Tráiler de 32 metros de longitud y 72 toneladas de MMA.
La entrada en funcionamiento de las nuevas condiciones de los conjuntos euromodulares, duotrailers o ecocombis dependerá de una resolución de la Jefatura Central de Tráfico, que próximamente se publicará en el Boletín Oficial del Estado, para establecer las condiciones técnicas sobre dispositivos de acoplamiento, visibilidad, señalización y seguridad de estos vehículos que solo podrán circular por itinerarios autorizados por los organismos encargados de regulación, ordenación y gestión del tráfico de la administración competente.
Cumpliendo con las condiciones técnicas de esta resolución de la Jefatura Central de Tráfico, los conjuntos euromodulares no precisarán de ninguna autorización específica para su circulación.




