La Seguridad Social ha actualizado este año los códigos CNAE que utiliza básicamente para realizar estadísticas de las actividades económicas. Los transportistas como el resto de trabajadores autónomos deberá notificar su código correspondiente antes del 30 de junio en la Seguridad Social. El listado de las actividades económicas que le corresponden a cada trabajador autónomo que no se había renovado desde el 2009 ha sufrido algunas variaciones en cuanto a la lista de actividades relacionadas con el transporte, por lo tanto el transportista autónomo deberá elegir entre las dos opciones que se le proponen, transportista o manipulador de mercancías. Deberá elegir el de transportista y no el de manipulación de mercancías, que se refiere a los trabajos de carga y descarga de mercancías independientemente del modo de transporte utilizado.
Los transportistas autónomos recibirán un aviso de la Seguridad Social informando de los cambios y del plazo para notificar el código correspondiente. En los casos en que no hay cambios, si el código CNAE del 2009 y del 2025 se mantienen la renovación es automática, no es necesario comunicar el código.
En el transporte ha cambiado y, por tanto, se deberá escoger el que corresponda y comunicarlo a la seguridad social. Es decir, si el anterior código CNAE09 tiene una única equivalencia CNAE25, (no ocurre en actividades del transporte) el cambio se realizará de manera automática y se podrá comprobar en la página oficial cual CNAE25 se le ha asignado. Si no, el transportista deberá consultar que posibles códigos CNAE25 se corresponden al anterior código CNAE09 y escoger el que competa o atañe a la actividad de cada uno.
Esa clasificación de actividades económicas o lista CNAE es la tabla donde se establecen las posibles actividades que puede realizar una empresa. Cada empresario o trabajador autónomo debe comunicar antes del 30 de junio cuál es el código o códigos CNAE que definen su actividad en la Seguridad Social.
