El 23 de octubre ha entrado en vigor la Orden PJC/780/2025 que permitirá la circulación de vehículos de transporte de mercancías con una masa máxima autorizada de hasta 44 toneladas en las carreteras del Estado español. Esta reforma del Reglamento General de Vehículos con respecto a las masas y dimensiones máximas permitidas supondrá también que aumenta la altura máxima permitida a 4,50 metros para el transporte de ciertos contenedores; para transporte de animales, paja y forrajes, así como para suministros industriales inferiores a 50 kilómetros. Asimismo, permitirá a los transportistas que circulen con vigas o barras de hierro transitar sin permiso especial con una largura máxima de 18 metros. No tendrán que pedir una autorización extra.
Aumenta el peso
Los transportistas que dispongan de vehículos cuya ficha técnica indique la capacidad para transportar 44 toneladas, en el apartado f3, pueden circular con esa cantidad sin hacer ningún trámite ni actualizar la ficha de la ITV hasta que pasen la primera inspección técnica periódica. Es entonces cuando tienen que cumplimentar una diligencia, es decir, deben solicitar a los inspectores que registren y anoten en la ficha esa facultad para transportar 44 toneladas.
Los transportistas que tienen vehículos capacitados para transportar 44 toneladas aunque no conste en su correspondiente ficha técnica, tendrán que pedir a la marca fabricante un certificado que lo avale o corrobore, llevarlo al taller autorizado donde pase la inspección técnica para que lo incluyan y conste en la ficha. A losvehículos cisterna, las nuevas condiciones se les aplicarán a partir del 23 de enero de 2026.
La nueva normativa permite desplazamientos específicos con un máximo de 57 toneladas, en casos muy concretos. En el caso de vehículos destinados a servicios en entornos urbanos, se permitirá la circulación con 45 toneladas un máximo de 1 tonelada adicional, siempre que no se supere la masa máxima técnicamente admisible del vehículo y la masa por eje máximas permitidas.
Cuando transporten madera en rollo, en recorridos predeterminados entre provincias limítrofes o en distancias no superiores a 150 kilómetros entre el bosque y la industria forestal más próxima la masa máxima autorizada será de 52 toneladas para los conjuntos de vehículos con cinco ejes y 57 toneladas para los conjuntos de vehículos de 6 o más ejes.
Aumenta la altura
Aumenta, asimismo, la altura máxima permitida a 4,50 metros para algunos camiones y vehículos articulados que transportan contenedores cerrados homologados para el transporte combinado, intermodal o para el transporte aéreo del tipo ULD; también para camiones o vehículos articulados de altura variable que transporten animales vivos, pacas de paja y forrajes así como para suministros de proveedores a industrias en recorridos predeterminados inferiores a 50 kilómetros.
https://www.boe.es/boe/dias/2025/07/23/pdfs/BOE-A-2025-15231.pdf
La nueva masa máxima para los camiones de 44 tns ya existe en otros 13 Estados de la Unión Europea,aunque para el transporte internacional con ese tonelaje habrá que esperar a la aprobación de la Directiva europea sobre pesos y dimensiones que la Unión Europea está tramitando simultáneamente. No está permitido realizar transporte internacional superando las 40 tn de masa en carga en el caso de los vehículos articulados o trenes de carretera.
Entre las modificaciones introducidas cabe destacar también, además de la mencionada ampliación de la altura máxima permitida a 4,5 metros para determinados tipos de transporte, la relativa a la simplificación en el uso y autorización de los conjuntos Euro modulares, incluyendo los Eco Combi o Duo Tráiler de 32 metros de longitud y 72 toneladas de MMA, siempre que cada uno de los módulos lo permita.
Los fabricantes de los vehículos son los que determinan y certifican la carga máxima que pueden transportar cada camión. Esa condición tiene que constar en la ficha técnica del vehículo y el transportista debe solicitarlo al pasar la ITV. En caso de que no conste en la ficha técnica el transportista deberá solicitar al fabricante que certifique e el vehículo reúne los requisitos técnicos para poder circular con una masa en carga del conjunto de 44.000 kg.
Luego está la carga máxima permitida que establece el Ministerio de Industria para las vías públicas que en ningún caso se debe superar.



